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Falta de equipo en trabajadores de la construcción provoca caída

Por Aide Carrillo



El 16 de diciembre del año en curso una mujer albañil de 24 años perdió el equilibrio y cayó de un andamio a la altura de 6 metros por falta de equipo de protección. Ante la caída fue trasladada al centro de salud para descartar lesiones graves. Esta es la segunda caída que se reporta en la ciudad de Mérida en lo que va del mes, pues el pasado 11 de diciembre se reportó la caída de un trabajador de la construcción, en esa ocasión un joven de 23 años.


El equipo de protección para trabajar en las alturas, no es una de las necesidades que se contemple dentro del trabajo de la construcción en el estado, esta es la razón por la cual se reportan de manera frecuente lesiones, caídas o daños severos en los trabajadores y trabajadoras de esta área. Sobra decir que muy pocos de las y los trabajadores de la construcción cuentan con prestaciones laborales, pues muchas veces solamente son contratados por obra de manera eventual.


Las caídas desde alturas considerables son riesgos inherentes de este tipo de trabajos. Sin embargo, los patrones no prestan las protecciones necesarias, como arneses, cuerdas o cinturones de seguridad que pudieran servir para preservar la vida del trabajador o trabajadora en caso de sufrir una caída.


En las condiciones actuales de trabajo es mera responsabilidad de quien trabaja si pierde el equilibrio o no. Y si esto sucede, no hay una protección contra esto, un seguro de vida ni nada por el estilo que asegure el bienestar de su familia en caso de fallecimiento o un seguro ante accidentes en el trabajo si la trabajadora o el trabajador llegaran a sufrir daños permanentes.


Podría parecer a la o el lector una exageración. Pero ante los riesgos de trabajo a los que se enfrenta la clase trabajadora en la rama de la construcción, lo que aquí se menciona son condiciones mínimas para un trabajo digno.


A pesar de que en el capitalismo estas exigencias pudieran parecer un arrebato de locura, no es más que lo mínimo requerido, pues en la misma ley federal del trabajo se establece que la patronal tiene la obligación de ofrecer al trabajador el equipo de protección necesaria para realizar el trabajo. Es momento de poner sobre la mesa las exigencias que nos aseguren a nosotros, la clase trabajadora, la preservación de nuestras vidas.

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