Por Manuel Mejía
Es muy común en México dejar propina a los meseros, a los “viene, viene” (franeleros), a los cerillitos (empacadores), los despachadores de gasolina, repartidores, etc., esto como una forma de gratificación por el servicio que el trabajador brindó.
Para las y los trabajadores las propinas representan un importante ingreso económico, para poder subsistir, sobre todo en los puestos del sector servicios y en las zonas turísticas, que, a pesar de contar con un salario, este se traduce en un sueldo mínimo que no alcanza ni para adquirir media canasta básica (actualmente en México en la zona de la frontera norte es de $213.39 y para el resto del país es de $141.70)[i].
El sector restaurantero:
Un gran porcentaje de los meseros reciben un salario menor al mínimo e incluso el único “sueldo” que perciben es la propina, en otros casos la misma patronal se queda con las propinas, si a esto le agregamos que en la mayoría de estos trabajos terminan a altas horas de la noche, implicando un desgaste físico que se resienten mayormente las piernas y los pies, tendríamos que sumarle que al término de la jornada, no encuentran un transporte para llegar a casa por lo que se tiene que tomar un Uber o Taxi, dando como resultado un gasto de una buena parte del ingreso.
En el caso de los repartidores de comida tenemos un caso similar al de los meseros, pero en este caso la mayoría de los trabajadores(a) prestan su vehículo, cuando la unidad presenta algún daño, la patronal no se hace cargo de los gastos de la reparación y es el repartidor quien termina pagando con sus propinas, ya no hablemos cuando la comida llega tarde o sufre algún accidente. Estos puestos de trabajo generalmente son los que tienen menos derechos laborales y por ende la ausencia de seguro médico.
Los despachadores de gasolina:
Se tiene la idea que los despachadores de gasolina tienen o reciben una comisión por la venta de combustible, pero la realidad es que no reciben ningún bono por ello, sin embargo, en este tipo de trabajo tan solo tienen un salario mínimo y nuevamente son las propinas que “alivianan” al trabajador(a) para poder sobrevivir. En este caso son los mismos empleados quienes compran sus propios materiales para poder trabajar y con ello buscar sus propinas, al mismo tiempo la patronal les obliga a brindar este servicio, en otras estaciones son obligados a vender aceites y aditivos, estableciendo metas a alcanzar y en caso de no hacerlo se les “castiga” cambiándoles al turno nocturno que normalmente inicia de las 10:00 pm a las 6:00 am es en este horario donde la propina es muy baja. Si le agregamos problemas como que en ocasiones el cliente no paga su gasolina, los despachadores reciben billetes falsos, etc., es el mismo trabajador que tiene que pagar de su bolsa que generalmente sale de las propinas percibidas durante el turno.
La patronal toma de argumento que las propinas son el salario del trabajador, mismas que le son quitadas por el patrón quedándose con parte de ellas, en muchas de las ocasiones estos puestos de trabajo el sueldo está por debajo del mínimo o a duras penas alcanza el mínimo legal. Pero ¿Qué dice la ley sobre esto? Para ello debemos ver y analizar la Ley Federal del Trabajo que señala:
“Artículo 346.- Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347.
Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas.
Artículo 347.- Si no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumiciones, las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los trabajadores. El salario fijado para estos efectos será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios”[ii].
En un primer momento pareciera que las propinas son salarios, pero no lo es del todo, es ahí donde la patronal juega con esos vacíos legales, y con la interpretación de la misma; las propinas no son el salario, puesto que no son pagos que el patrón retribuye a favor de sus trabajadores, sino que representan una parte del salario y el patrón no puede tener participación en ella, al menos que exista un contrato laboral de por medio que diga explícitamente y mencioné que las propinas serán administrativas y pagadas por parte del patrón.
Entonces el dicho argumento que se utiliza no es del todo válido y por consiguiente como trabajadores y trabajadoras debemos luchar en contra de estas artimañas que utiliza la patronal para aumentar sus ganancias. Como clase trabajadora tenemos derecho a mejores condiciones de trabajo, acceso a la salud y a ser remunerados de manera justa, es por ello que, debemos luchar por crear y democratizar nuestros sindicatos en el sector de servicios (y demás sectores productivos) buscar en todo momento que las propinas no sustituyan nuestro salario, sino que tengamos un sueldo justo que alcance para cubrir todas nuestras necesidades. Y en los lugares que no tienen un salario fijo más que su propina, es necesario que como trabajadores nos organicemos y nos unamos para apoyar a nuestros compañeros (as) a arrancar estos derechos que nos corresponden.
[ii]https://www.google.com.mx/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.senado.gob.mx/comisiones/desarrollo_social/docs/marco/Ley_FT.pdf&ved=2ahUKEwj5v7PT6PTwAhWum-AKHQaWBUkQFjAcegQIPBAC&usg=AOvVaw3MhSruij6mrWpU7vhuvezz
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